Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 8 abr 2014
A efectos de este real decreto se establecen las siguientes definiciones:
a) Iniciativa o propuesta: Es el derecho que tiene el militar de plantear a título individual cualquier tipo de actuación, incluida la modificación de normativa, relativa al régimen de personal y las condiciones de vida, ya sea de carácter general o específica de su unidad, que afecte a los miembros de su categoría.
b) Queja: La reclamación que el militar hace a título individual ante el mando u órgano directivo competente para manifestar su disconformidad con cualquier aspecto del régimen de personal y las condiciones de vida, sean las que existen con carácter general en las Fuerzas Armadas o las que se den específicamente en su unidad.
c) Unidad: Conforme a lo establecido en el artículo 2.2 de las Normas sobre seguridad en las Fuerzas Armadas, aprobadas por Real Decreto 194/2010, de 26 de febrero, hace referencia tanto a una unidad militar o buque, centro u organismo, como a una base, acuartelamiento o establecimiento.
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Proeli/es/rd/2014/03/21/176#art-2