Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección primera. Contratación y patrimonio

Art. 28

En vigor desde 15 ene 2008
La contratación del CSIC se rige por la normativa aplicable al Sector Público Estatal con las especificidades contempladas para los Organismos Públicos de Investigación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2007/12/21/1730#art-28

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil