Art. 5

En vigor desde 16 mar 2023
Por Acuerdo de Consejo de Ministros, a propuesta de la persona titular del Ministerio de Defensa y previa conformidad de la Casa de su Majestad el Rey, se podrá determinar que Su Alteza Real la Princesa de Asturias curse, dentro de la enseñanza militar de perfeccionamiento y de altos estudios de la defensa nacional los estudios que se estimen pertinentes, siéndole otorgados los títulos y diplomas correspondientes.
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eli/es/rd/2023/03/14/173#art-5

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