Art. 10
En vigor desde 21 feb 2010
Los propietarios de maquinaria agrícola específica de recolección de algodón habrán de presentar, con cada solicitud de ayuda, la siguiente documentación:
1. Documentación que acredite la identidad y la capacidad de obrar del solicitante, así como, en su caso, acreditación de la representación de quien actúe en nombre del solicitante persona jurídica.
2. Acreditación de la propiedad sobre la maquinaria específica por la que se solicita la ayuda.
3. Copia de la ficha técnica de la maquinaria específica por la que se solicita ayuda o documento de valor probatorio equivalente, que permita su identificación como máquina específica de recolección de algodón y su identificación con la clasificación descrita en la definición del artículo 2.f.
4. Copia del contrato o documento de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa en los términos establecidos reglamentariamente, que acredite la realización de los trabajos de recolección de algodón a productores que hayan entregado algodón sin desmotar a plantas que desmantelen con ayuda, durante la campaña de comercialización 2005/2006, debiendo figurar claramente la identificación de las partes contratantes y el servicio contratado en hectáreas o toneladas de algodón sin desmotar. A estos efectos, se considerará como documento válido las facturas expedidas por el contratista de maquinaria siempre y cuando permitan obtener los datos anteriores.
5. En caso de que el solicitante sea una empresa de servicios, deberá presentar copia de la declaración censal o del impuesto de actividades económicas.
Además, en caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá presentar copia de las escrituras de constitución, así como copia de las facturas por las operaciones de recolección.
6. Si el solicitante de la ayuda es un cultivador titular de maquinaria específica de algodón entre cuyas actividades accesorias esté la prestación de servicios agrarios, ganaderos y/o forestales, no superando éstos el 20 por ciento de sus ingresos totales, y haya desarrollado labores de recolección a productores que hayan entregado a desmotadoras que desmantelen, deberán presentar copia completa de la declaración del IRPF del ejercicio correspondiente, así como la documentación acreditativa de la prestación del servicio.
7. En caso de que entre el contratista de maquinaria solicitante de la ayuda y los agricultores a los que presta servicios de recolección, medie una empresa de gestión que facture a estos últimos, se deberán aportar tanto las facturas del tomador del servicio (cultivador) como la correspondiente entre el prestador del mismo (contratista de maquinaria) y la empresa de gestión en cuestión, así como una relación donde se reflejen las debidas correspondencias en toneladas o superficies de algodón cosechadas para dichas facturas.
8. Certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad de la cuenta corriente o libreta en la que el solicitante ha indicado que se realice el pago.
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Proeli/es/rd/2010/02/19/169#art-10