Capítulo CAPÍTULO II
Art. 13
En vigor desde 15 nov 2009
Por aplicación del Reglamento (CE) n.º 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre, se procederá a incrementar, en 2010, el importe de los derechos de pago único provenientes del desacoplamiento parcial del 38 por ciento de la ayuda a la producción de tabaco crudo. El incremento será del siete por ciento.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2009/11/13/1680#art-13