Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO 1›Secc. Sección 4.ª De los Letrados del Consejo›§ Subsección 1.ª Disposiciones comunes
Art. 49
En vigor desde 19 sept 1980
Los cuestionarios para los dos primeros ejercicios deberán ser redactados por una ponencia especial y aprobados por la Comisión Permanente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1980/07/18/1674#art-49