Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. SECCIÓN 2.ª CONTABILIDAD Y CONTROL
Art. 33
En vigor desde 17 feb 2002
Red.es estará sometida al régimen de contabilidad previsto en la Ley General Presupuestaria para las entidades públicas empresariales y en lo dispuesto en el apartado 8 de la disposición adicional sexta de la Ley 11/1998.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 49, de 26 de febrero de 2002. Ref. BOE-A-2002-3821
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Proeli/es/rd/2002/02/08/164#art-33