Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. SECCIÓN 2.ª CONTABILIDAD Y CONTROL
Art. 35
En vigor desde 17 feb 2002
De acuerdo con lo establecido en el apartado 8 de la disposición adicional sexta de la Ley General de Telecomunicaciones, el régimen de control de la gestión económico-financiera de Red.es se realizará de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.
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Proeli/es/rd/2002/02/08/164#art-35