Capítulo CAPÍTULO VISecc. SECCIÓN 1.ª CONTRATACIÓN, FINANCIACIÓN Y PLANIFICACIÓN

Art. 31

En vigor desde 17 feb 2002
Red.es podrá realizar todo tipo de operaciones financieras y, en particular, podrá concertar operaciones activas o pasivas de crédito y préstamo, cualquiera que sea la forma en la que se instrumenten, de conformidad con lo establecido a este respecto en la Ley General Presupuestaria y de acuerdo con los límites previstos en las Leyes anuales de Presupuestos.
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eli/es/rd/2002/02/08/164#art-31

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