Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Cuestiones generales
Art. 9
En vigor desde 1 oct 2008
1. El titular de la Dirección General de los Registros y del Notariado será el Encargado del Registro.
2. Contra sus resoluciones se podrá interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Justicia en la forma y plazos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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Proeli/es/rd/2007/12/07/1611#art-9