Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 1 dic 2007
Los informes de la Secretaría Técnica del Consejo Superior Geográfico a los que se refiere este real decreto formarán parte de los expedientes de contratación que tengan por objeto la realización de cartografía básica, derivada o temática en la Administración General del Estado y sus Organismos o Entidades dependientes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2007/11/23/1545#disposicion-adicional-quinta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil