Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 4 jun 2008
a) Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto, y expresamente las siguientes normas: b) Orden de 10 de octubre de 1981, sobre certificado de competencia de Pescamar, Mecamar y Marimar. c) Orden de 7 de junio de 1971, sobre creación del certificado de competencia de marinero electricista para buques mercantes y de pesca en lo que afecta a buques de pesca. d) Orden de 30 de abril de 1971, sobre regulación de las condiciones a exigir al personal que haya efectuado su servicio militar en la armada para la obtención de los Certificados de Competencia de marinero en lo que afecta a buques de pesca. e) Decreto 2483/1966 de 10 de septiembre, por el que se crean certificados de competencia para marineros de la marina mercante y pesca en lo que afecta a buques de pesca.
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eli/es/rd/2007/11/16/1519#disposicion-derogatoria-unica

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