Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 26 sept 2008
Las disposiciones contenidas en este real decreto no supondrán incremento del gasto público, debiendo ser asumida la gestión del citado Registro con los recursos humanos y materiales de que dispone el Ministerio de Ciencia e Innovación.
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eli/es/rd/2008/09/12/1509#disposicion-adicional-tercera

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