Capítulo CAPÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 23 dic 2021
Este programa estará en vigor desde el día siguiente al de la publicación de este real decreto en el "Boletín Oficial del Estado" hasta el 31 de diciembre de 2023. Se modifica por el art. único del Real Decreto 1126/2021, de 21 de diciembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-21108

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eli/es/rd/2021/03/09/149#art-4

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