Capítulo CAPÍTULO III
Art. 6
En vigor desde 7 nov 2012
Los órganos rectores del COIN serán:
1. Por un lado, los órganos de gobierno generales del COIN, que tendrán competencia en todo el territorio nacional, y que son:
a) La Junta General.
b) La Junta de Gobierno y su Comisión Permanente.
c) El Decano Presidente.
2. Por otro, y en el caso de creación de Delegaciones territoriales, cada una de estas Delegaciones tendrá, en su ámbito territorial, los siguientes órganos:
a) La Junta General territorial.
b) La Junta de Gobierno territorial.
c) El Decano territorial.
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Proeli/es/rd/2012/10/19/1460#art-6