Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Órganos de gobierno generales del COIN

Art. 9

En vigor desde 7 nov 2012
1. La Junta General se reunirá con carácter ordinario una vez al año, dentro del primer semestre del mismo. La convocatoria, con el orden del día, el informe de gestión y la memoria anual con el balance de la cuentas del año anterior y los presupuestos del corriente, deberá remitirse por la Junta de Gobierno a todos los colegiados, con una antelación mínima de un mes a la celebración de la Junta, que habrá de celebrarse dentro de los tres meses siguientes a su convocatoria. 2. Le corresponde a la Junta General ordinaria: a) Examinar y aprobar, si procede, el informe de gestión, balance y cuentas del ejercicio económico del año anterior, resolver sobre la aplicación del resultado, así como aprobar el presupuesto del año corriente. b) Conocer la gestión de la Junta de Gobierno del COIN, sus proyectos de actuación y la situación patrimonial del Colegio, así como cualquier asunto que pueda afectar a la marcha del mismo. c) Deliberar y adoptar acuerdos sobre las propuestas que, en la forma prevista en los reglamentos de régimen interior, se hayan recibido de los colegiados y figuren en el orden del día aprobado por la Junta de Gobierno. d) Aprobar la Memoria Anual del Colegio, a que se refiere el artículo 11 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero. e) Tratar cualquier otro asunto que le sea encomendado por los presentes estatutos y en los reglamentos de régimen interior. 3. Constituye el objeto de la Junta General extraordinaria: a) Aprobar los estatutos y reglamentos de régimen interior y sus modificaciones. b) Aprobar el Código Deontológico de la profesión y sus modificaciones. c) Aprobar la creación, a propuesta de la Junta de Gobierno, de las Delegaciones territoriales y los estatutos básicos territoriales, a los cuales deben ajustarse todos los estatutos de estas Delegaciones. d) Resolver los recursos que específicamente se establezcan en los estatutos y los reglamentos de régimen interior. e) Renovar los cargos de la Junta de Gobierno que correspondan. f) Deliberar y adoptar acuerdos sobre las propuestas que, en la forma prevista en los reglamentos de régimen interior, se hayan recibido de los colegiados y figuren en el orden del día aprobado por la Junta de Gobierno. g) Tratar cualquier otro asunto que le sea encomendado por los presentes estatutos y los reglamentos de régimen interior o que considere oportuno incluir la Junta de Gobierno.
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eli/es/rd/2012/10/19/1460#art-9

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