Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Órganos de gobierno generales del COIN
Art. 20
En vigor desde 7 nov 2012
1. El Director de Gestión del COIN será responsable del cumplimiento de los acuerdos de la Junta de Gobierno y de la Comisión Permanente del COIN y actuará de acuerdo con las normas e instrucciones que reciba de los citados órganos.
2. Será nombrado por la Junta de Gobierno del COIN y tendrá también las funciones propias de ordenador de pagos y las de interventor de la gestión económica.
3. Podrá ayudarse y delegar en el Subdirector de Gestión nombrado por la Junta de Gobierno del COIN para auxiliarle en su gestión y sustituirle en su ausencia.
4. El cargo de Director de Gestión será retribuido en la forma y cuantía que estime pertinente la Junta de Gobierno del COIN
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Proeli/es/rd/2012/10/19/1460#art-20