Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 51

En vigor desde 23 nov 2010
1. El Consejo de Seguridad Nuclear contará con una relación de puestos de trabajo de personal funcionario, y otra relación de puestos de trabajo del personal laboral. 2. En la relación de puestos de trabajo de personal funcionario constarán los puestos que deban ser desempeñados por personal funcionario, así como la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
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eli/es/rd/2010/11/05/1440#art-51

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