Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 24

En vigor desde 1 dic 1990
El militar de carrera estará en situación de disponible cuando se encuentre pendiente de ocupar destino por haber cesado en el que desempeñaba o por proceder de una situación distinta de la de servicio activo.
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eli/es/rd/1990/11/08/1385#art-24

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