Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Orden Contencioso-Administrativo

Art. 72

En vigor desde 21 nov 2003
1. El procurador devengará, en los recursos de súplica contra providencias y autos, la suma de 26 euros. 2. Igual cantidad devengará por la revisión de diligencias de ordenación, proposiciones y similares.
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eli/es/rd/2003/11/07/1373#art-72

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