Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
Art. 67
En vigor desde 21 nov 2003
1. Por la intervención del procurador, ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, percibirá la suma de 39 euros.
2. Por las apelaciones de las resoluciones de dichos juzgados, se percibirán 39 euros.
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Proeli/es/rd/2003/11/07/1373#art-67