Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Orden Contencioso-Administrativo
Art. 72
80 / 99En vigor desde 21 nov 2003
1. El procurador devengará, en los recursos de súplica contra providencias y autos, la suma de 26 euros.
2. Igual cantidad devengará por la revisión de diligencias de ordenación, proposiciones y similares.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2003/11/07/1373#art-72