Art. 12

En vigor desde 28 ene 2020
1. Bajo la dependencia directa del Presidente del Gobierno existirá el Alto Comisionado para España Nación Emprendedora, con rango de Subsecretario, que se encargará de la coordinación de actuaciones para el desarrollo de la Estrategia de Nación Emprendedora. En particular y sin perjuicio de las que correspondan a los departamentos ministeriales, llevará a cabo las siguientes funciones: a) Impulsar la inversión, la competitividad y la atracción de talento a los emprendimientos tecnológicos españoles. b) Analizar e identificar las deficiencias del ecosistema emprendedor español. c) Promover la capacitación digital y tecnológica de la sociedad. d) Promover la mejora del posicionamiento internacional de España como mercado de la innovación tecnológica. e) Plantear estrategias para fomentar el talento de las mujeres en el entorno digital. f) Desarrollar, retener y atraer grandes eventos internacionales relacionados con el emprendimiento y la innovación tecnológica. g) Proponer a los departamentos ministeriales medidas e iniciativas en los ámbitos de su competencia. 2. Con funciones de apoyo técnico al Alto Comisionado, se crea la Oficina del Alto Comisionado para España Nación Emprendedora, cuyo titular tendrá rango de Director General.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2020/01/27/136#art-12

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil