Art. Disposición derogatoria

En vigor desde 2 ago 2009
Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente real decreto y, en particular: a) El Real Decreto 1227/2001, de 8 de noviembre, sobre declaraciones de existencias, cosecha de uva y producción, del sector vitivinícola. b) El Real Decreto 373/2003, de 28 de marzo, de medidas urgentes en el sector vitivinícola.
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eli/es/rd/2009/07/31/1303#disposicion-derogatoria

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