Capítulo CAPÍTULO XI
Art. 55
En vigor desde 23 oct 2003
1. Se establece un régimen de distinciones y premios colegiales de ámbito general para aquellas personas, colegiados o no, que hayan prestado servicios destacados al colegio o contribuido notablemente a aumentar el prestigio de la profesión.
2. Las distinciones y premios colegiales de ámbito general son las siguientes:
Título de Colegiado de Honor.
Medalla de Honor del Colegio.
Medalla al Mérito Profesional.
Otras distinciones y premios colegiales.
3. El régimen de distinciones y premios colegiales se regulará reglamentariamente.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2003/10/10/1271#art-55