Título TÍTULO IX

Art. 123

En vigor desde 10 mar 2013
El ejercicio de la profesión de veterinario se realizará en régimen de libre competencia y estará sujeto a la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, y a la Ley 3/1991, de 10 de enero, de competencia desleal. Los acuerdos, decisiones y recomendaciones de los Colegios, Consejos Autonómicos, en su caso, y Consejo General, observarán los límites de la Ley 15/2007, de 3 de julio.
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eli/es/rd/2013/02/22/126#art-123

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