Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Selección y promoción
Art. 184
En vigor desde 23 sept 2011
Los tribunales y comisiones de valoración serán nombrados por el Rector a propuesta del Gerente. En las comisiones de valoración se garantizará siempre la presencia de un funcionario de la unidad de personal como miembro de la comisión o como asesor.
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Proeli/es/rd/2011/09/08/1239#art-184