Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 25
En vigor desde 10 nov 2001
Son órganos colegiados del Consejo General la Asamblea General, el Pleno, la Comisión Ejecutiva, la Comisión Permanente y el Consejo Interautonómico.
Son órganos unipersonales el Presidente, los Vicepresidentes, el Secretario general, el Vicesecretario general, el Tesorero, el Vicetesorero y los Vocales.
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Proeli/es/rd/2001/11/08/1231#art-25