Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 3.ª Medicamentos tradicionales a base de plantas medicinales
Art. 31 ter
En vigor desde 4 sept 2025
El etiquetado y, en su caso, el prospecto se ajustará a las disposiciones relativas al etiquetado y prospecto establecidas en los artículos 10 al 15 del Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018.
Se añade por el .6 del Real Decreto 767/2025, de 2 de septiembre. Ref. BOE-A-2025-17503
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2021/12/28/1157#art-31-ter