Capítulo CAPÍTULO III
Art. 16
En vigor desde 23 feb 2023
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, o de otro orden, que pudieran concurrir.
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Proeli/es/rd/2023/02/21/115#art-16