Art. 5

En vigor desde 16 mar 2012
Las empresas que soliciten ayudas «de minimis» al amparo del Reglamento 875/2007, de la Comisión, de 24 de julio de 2007, estarán obligadas a facilitar la información a que hace referencia el artículo 3.3. En el caso de no facilitar dicha información no podrán optar a la concesión de la ayuda.
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eli/es/rd/2011/07/29/1149#art-5

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