Capítulo CAPÍTULO V
Art. 35
En vigor desde 12 mar 2014
1. En las reuniones públicas, tanto ordinarias como extraordinarias, la presidencia de los actos corporativos públicos corresponderá al Presidente de la Real Academia de Ciencias Veterinarias de España, salvo aquellas ocasiones en las que esté presente el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, o el Subsecretario de dicho Departamento, o bien sea de aplicación la normativa del protocolo del Estado.
2. La Real Academia de Ciencias Veterinarias de España contará con un Manual de Protocolo, aprobado como Anexo al Reglamento de desarrollo de estos Estatutos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2014/02/21/101#art-35