Capítulo CAPÍTULO III
Art. 26
En vigor desde 12 mar 2014
1. La Real Academia se estructura, orgánicamente, en las siguientes Secciones:
Sección Primera: Ciencias básicas.
Sección Segunda: Medicina y Sanidad Animal.
Sección Tercera: Producciones Animales (Zootecnia y Medioambiente).
Sección Cuarta: Alimentación, Nutrición y Veterinaria de Salud Pública.
Sección Quinta: Historia, Deontología, Bioética y Legislación.
2. La relación anterior no tiene carácter definitivo. Por acuerdo de la Junta Plenaria se podrán introducir las modificaciones que se consideren oportunas.
3. El ámbito competencial de cada Sección será fijado en el Reglamento de régimen Interior que desarrolle el presente Estatuto.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2014/02/21/101#art-26