Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Registro Estatal de Entidades de Formación
Art. 5
En vigor desde 2 abr 2019
El Registro Estatal de Entidades de Formación dependerá de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, a quien corresponde, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.4 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, su desarrollo, mantenimiento y actualización.
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Proeli/es/o/2019/03/28/tms369#art-5