Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 24 ago 2021
La inclusión o modificación de la valoración del conocimiento de la lengua y de los méritos de determinación autonómica en los concursos, operará respecto de las convocatorias que se efectúen con posterioridad a dicha inclusión o modificación.
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eli/es/o/2021/02/16/tfp153#disposicion-adicional-segunda

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