Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 24 ago 2021
La acreditación e inscripción de cursos efectuada al amparo de lo establecido en la Orden de 7 de julio de 1993 y la Orden de 10 de agosto de 1994, se mantendrá inalterada.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2021/02/16/tfp153#disposicion-transitoria-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil