Capítulo CAPÍTULO V

Art. 11

En vigor desde 5 dic 2020
Los adjudicatarios de la subasta dispondrán de un plazo de 2 meses desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución de la persona titular de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se resuelve la subasta, para presentar la solicitud de inscripción en el Registro electrónico del régimen económico de energías renovables en estado de preasignación de acuerdo con lo previsto en el artículo 13.
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eli/es/o/2020/12/04/ted1161#art-11

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