Art. 4

En vigor desde 13 ago 2019
Las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos adscritos a la Dirección General de la Policía deberán efectuarse con la frecuencia prevista en el artículo 6 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre.
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eli/es/o/2019/08/02/pci881#art-4

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