Art. 12

En vigor desde 18 jun 2010
El Operador del Mercado Ibérico de Energía-Polo Español, directamente o a través de una filial, como entidad responsable de las fianzas y garantías realizará el cálculo periódico de las mismas según la exposición al riesgo para cada vendedor y para cada comprador. La exposición al riesgo se calculará en base a la cantidad de producto adjudicada que esté pendiente de liquidación y a la variación esperada de los precios de la energía utilizando una curva de precios «forward» de la electricidad. En caso de incumplimiento de los compromisos por parte del vendedor o del comprador, las fianzas y garantías del incumplidor serán aplicadas para cubrir las obligaciones de pago pendientes y para compensar las posibles pérdidas en caso de resolución anticipada, de acuerdo con la variación esperada de los precios de la energía.
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eli/es/o/2010/06/11/itc1601#art-12

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