Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 24 nov 2024
Todos los órganos superiores y directivos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y sus organismos adscritos y órganos dependientes colaborarán en las actuaciones de implementación de la PSI aprobada por esta orden.
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Proeli/es/o/2024/11/18/ism1320#disposicion-adicional-segunda