Art. 19
En vigor desde 24 nov 2024
1. El CSSI, en coordinación con la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, desarrollará actividades específicas orientadas a la formación y concienciación de su personal en materia de seguridad de la información, así como a la difusión de la presente PSI y su desarrollo normativo, en particular entre el personal de nueva incorporación. A estos efectos, los planes de formación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones incluirán actividades formativas específicas sobre esta materia.
2. El CSSI promoverá una cultura de seguridad de la información alineada con la PSI entre aquellas organizaciones y usuarios externos que tengan acceso por acuerdo o convenio a sus sistemas de información.
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Proeli/es/o/2024/11/18/ism1320#art-19