Art. Cuarto
En vigor desde 9 nov 2008
La duración del mandato de los representantes de las entidades sociales y organizaciones no gubernamentales que intervienen en el ámbito penitenciario será de 4 años, pudiendo renovarse dicho mandato o designarse a otros representantes. El mandato se entenderá en todo caso prorrogado por el tiempo que medie entre la finalización del periodo de 4 años y la designación efectiva de los nuevos representantes.
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Proeli/es/o/2008/11/04/int3191#cuarto