Art. 7
En vigor desde 18 mar 2012
1. Para determinar el factor de transmisión luminosa del conjunto vidrio acristalado de seguridad homologado que incorpora el vehículo, al que se le ha colocado una lámina filtro de rayos UVA, se realizará el siguiente ensayo in situ, sobre cada uno de los vidrios que tengan adherida un tipo de lámina autorizada y que cumpla con los requisitos establecidos anteriormente como lámina con un grado de transmisión de la radiación ultravioleta inferior o igual al 20 por ciento, en cada una de las longitudes de onda del espectro ultravioleta.
A estos efectos se distingue:
1.º Instrumental.
Fuente luminosa, consistente en una lámpara de incandescencia, cuyo filamento esté alojado en un tubo o cámara con un diafragma que permita limitar el diámetro del haz luminoso a un valor comprendido entre 7 mm y 10 mm (como lámpara de incandescencia se tomará cualquier lámpara que a su tensión nominal, trabaje a una temperatura de color en el entorno a los 2856 K).
A la salida de la luz se dispondrá de una célula fotoeléctrica con una sensibilidad espectral correspondiente a la visión fotópica y su correspondiente aparato de medida.
La superficie sensible de la célula deberá estar cubierta por un difusor y ser como mínimo el doble de la sección del haz luminoso emitida por la fuente luminosa.
2.º Procedimiento.
La sensibilidad del sistema de medida deberá estar regulada de manera que el aparato de medida de la lectura de la célula indique 100 divisiones cuando el conjunto del vidrio y lámina adherida a él no esté colocada en la trayectoria luminosa y además, entre la boca de salida de la fuente luminosa y el receptor de luz, exista una distancia igual al espesor de conjunto vidrio lámina que se pretenda medir.
Se tomarán las medidas necesarias para garantizar que el receptor no recibe ninguna luz parásita procedente del exterior al sistema y que además cuando no recibe luz el aparato marque cero. (A estos efectos se podrá colocar el vehículo a ensayar en el interior de un garaje o cualquier otro espacio cerrado y oscuro).
Una vez tarado el dispositivo de medida, se procederá a colocar este sobre el conjunto vidrio-lámina a ensayar, procurando que su orientación sea tal que el ángulo de incidencia del haz luminoso y el de recepción de la luz sean prácticamente perpendiculares al conjunto bajo ensayo, y estén alineados, conservando por lo tanto la misma geometría que tenían en el momento del ajuste de la sensibilidad inicial a las 100 divisiones.
En estas condiciones de medida, el factor de transmisión será el resultante de la medición expresada en porcentaje (%).
Se entenderá que el acristalado de seguridad con su lámina de rayos UVA adherida cumple con las especificaciones si el factor de transmisión así obtenida es superior o igual al 70 por ciento. En caso de que esta medida sea inferior al 70 por ciento, no se podrá emitir documento de idoneidad para la instalación, requiriendo el servicio técnico encargado de los ensayos al usuario para que este retire y a su costo, de forma inmediata la lámina adherida y vuelva el acristalado de seguridad a sus condiciones iniciales, previstas en la homologación.
Se considerará que el ensayo es favorable si se alcanzan como mínimo el 70 por ciento de transmisión luminosa en cada uno de los vidrios en que tenga adherido filtro de rayos UVA.
2. Para la realización del ensayo de imagen secundaria se coloca el vehículo en un espacio convenientemente obscurecido. Este ensayo sólo se realizará en los parabrisas, a los que se les ha colocado el correspondiente filtro de rayos UVA, no siendo necesario por lo tanto realizar este ensayo en un vidrio NO parabrisas.
Se colocará una diana iluminada, en el exterior del vehículo y a una distancia superior a los 7 metros medidos a partir de la superficie exterior del parabrisas, sensiblemente en el eje del campo de visión del conductor.
El ensayo se determinará por el simple método del «pasa» o «no pasa».
La diana iluminada constara de una corona y un punto de luz de 12 mm y de unas dimensiones tales que la distancia desde un punto situado en el borde del punto de luz al punto más próximo del interior de la corona, subtienda un ángulo de 25’ de arco en un punto situado a X metros (donde X es la distancia en la que se coloca la diana con respecto al parabrisas).
Deben examinarse cada una de las porciones del conjunto acristalado de seguridad y lámina filtro UVA adherida para descubrir la presencia de cualquier imagen secundaria en relación con la diana iluminada, estando el observador colocado en el asiento del conductor, y moviendo la cabeza de forma que se mantenga en todo momento la dirección correcta de observación. Para este examen podrá utilizarse un monóculo.
En estas condiciones, el observador no podrá ver que al separarse la imagen primaria y secundaria del círculo estos no sobrepasan el valor límite de 25’ de arco.
3. Respecto a la identificación de los colores; a través del parabrisas con lámina de rayos UVA adheridos, será posible reconocer los colores indicados a continuación:
i. Blanco.
ii. Amarillo selectivo.
iii. Rojo.
iv. Verde.
v. Azul.
vi. Amarillo auto.
Caso de ser favorables los ensayos, el laboratorio actuante emitirá un informe de idoneidad de la instalación, según modelo del anexo 2 de esta orden, haciendo constar el cumplimiento de lo establecido en esta orden, indicando la fecha de los ensayos, los valores obtenidos en los ensayos, la matrícula del vehículo y el nombre de la persona diagnosticada como enfermo de Lupus, archivando una copia de este certificado, el certificado médico presentado y copia del permiso de circulación.
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Proeli/es/o/2012/03/14/iet543#art-7