Art. 4
En vigor desde 18 mar 2012
1. Todos los filtros de rayos UVA, incluidos los presentados a los ensayos, deberán llevar la marca de fábrica o comercial del filtro y el tipo fijados por el fabricante. Ambos deberán ser claramente legibles e indelebles aun cuando el filtro esté adherido al vidrio soporte.
2. El marcado indicará FUVA.
3. La existencia de dichas marcas implica la correspondencia de sus características con las muestras ensayadas.
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Proeli/es/o/2012/03/14/iet543#art-4