Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 17 feb 2013
Como consecuencia de la fusión por absorción de las empresas distribuidoras Fevasa, Solanar e Instalaciones Eléctricas Río Isábena, S.L. en Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U., y una vez visto el informe elaborado al respecto por la Comisión Nacional de Energía se procede a: 1. La integración de la retribución correspondiente al año 2012 en concepto de retribución a la actividad de distribución, deducidos los otros ingresos derivados de los derechos de acometida, enganches, verificación y alquiler de aparatos, de las empresas absorbidas en Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U., cuya retribución que pasará a ser la siguiente: N.º Registro Empresa Distribuidora Retribución Distribución 2012 – Miles € R1-008 Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.L. 149.796 2. La integración de la retribución correspondiente al año 2012 en concepto gestión comercial realizada por las empresas distribuidoras absorbidas en Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U., cuya retribución que pasará a ser la siguiente: N.º Registro Empresa Distribuidora Retribución Gestión Comercial 2012 – Miles € R1-008 Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.L. 1.453
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