Capítulo CAPÍTULO I
Art. 7
En vigor desde 12 abr 2018
1. Los organismos y entidades del sector público institucional estatal incluidos en el ámbito de aplicación del sistema están obligados a colaborar con la Intervención General de la Administración del Estado y a suministrar todos los antecedentes, documentos, programas o archivos, preferentemente en soporte informático, con la finalidad de cumplir los objetivos del sistema.
2. Los órganos de vinculación, dependencia, tutela o adscripción de las entidades que integran dicho sector contribuirán a dotar de operatividad al sistema, facilitando información a la Intervención General de la Administración del Estado en los términos establecidos en convenios, protocolos generales de actuación o instrumentos similares.
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Proeli/es/o/2018/04/09/hfp371#art-7