Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO 2›Secc. Sección 2.ª Contenido de la cuenta de la Administración General del Estado
Art. Regla 39
En vigor desde 6 jun 2002
Su contenido será el siguiente:
1. Situación y movimiento de la Deuda del Estado.–Esta información se estructurará de la siguiente manera:
A) Situación de la Deuda del Estado. Euros.–Para cada una de las deudas creadas a corto y largo plazo en euros, exceptuando las Letras del Tesoro, se detallarán los siguientes importes:
Deuda pendiente en 1 de enero.
Creaciones.
Disminuciones.
Deuda pendiente a 31 de diciembre según su plazo de vencimiento, con detalle de la parte correspondiente a capitales y a intereses devengados no vencidos.
La información indicada se presentará efectuando las siguientes agrupaciones por tipos de deudas:
Obligaciones y bonos (creados directamente por el Estado).
Obligaciones y bonos asumidos.
Deudas representadas en otros valores negociables.
Deudas con entidades de crédito (creadas directamente por el Estado).
Deudas con entidades de crédito asumidas.
Otras deudas.
Otras deudas asumidas.
Como información complementaria a la contenida en este estado, y con su misma estructura, se acompañará un «Resumen general por agrupaciones» según el detalle anteriormente indicado.
B) Creación de la Deuda del Estado. Euros.–Con las mismas especificaciones que las establecidas para la información sobre la «Situación de la Deuda del Estado. Euros», se indicará el importe total de la deuda creada, especificando las cantidades que correspondan a emisiones por liquidación, emisiones por conversión o canje, asunciones y otras causas. Asimismo, para cada uno de estos supuestos se indicará el importe efectivo, la diferencia entre los valores de reembolso y emisión y el valor de reembolso.
C) Disminuciones de la Deuda del Estado. Euros.–Con las mismas especificaciones que las establecidas para la información sobre la «Situación de la Deuda del Estado. Euros», se indicará el importe total de las disminuciones de Deuda del Estado, especificando las cantidades que correspondan a amortizaciones por reembolso, amortizaciones por conversión o canje y disminuciones por otras causas.
D) Situación de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro.–Para cada una de las deudas creadas a corto y largo plazo en moneda distinta de euro, exceptuando el Papel Comercial, se detallarán los siguientes importes:
Deuda pendiente en 1 de enero.
Creaciones.
Diferencias de cambio.
Disminuciones.
Deuda pendiente a 31 de diciembre según su plazo de vencimiento, con detalle de la parte correspondiente a capitales y a intereses devengados no vencidos.
La información indicada se presentará efectuando las siguientes agrupaciones por tipos de deudas:
Empréstitos y otras emisiones análogas (creados directamente por el Estado).
Empréstitos y otras emisiones análogas asumidos.
Deudas por préstamos recibidos y otros conceptos (creados directamente por el Estado).
Deudas asumidas por préstamos recibidos y otros conceptos.
Los importes vendrán especificados, para cada deuda, en euros/moneda distinta de euro dentro de cada una de las columnas, salvo para aquellas columnas en que la información sólo deba aparecer expresada en euros.
Como información complementaria a la contenida en este estado, y con su misma estructura, se acompañará un «Resumen general por agrupaciones» según el detalle anteriormente indicado.
E) Creación de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro.–Con las mismas especificaciones que las establecidas para la información sobre la «Situación de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro», se indicará el importe total de la deuda creada, especificando las cantidades que correspondan a emisiones por liquidación, emisiones por conversión o canje, asunciones y otras causas. Asimismo, para cada uno de estos supuestos se indicará el importe efectivo, la diferencia entre los valores de reembolso y emisión y el valor de reembolso.
F) Disminuciones de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro.–Con las mismas especificaciones que las establecidas para la información sobre la «Situación de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro», se indicará el importe total de las disminuciones de Deuda del Estado, especificando las cantidades que correspondan a amortizaciones por reembolso, amortizaciones por conversión o canje y disminuciones por otras causas.
2. Situación de Deudas amortizadas.–Esta información presentará el siguiente contenido:
A) Deuda amortizada pendiente de reembolso. Euros y moneda distinta de euro.–Para cada una de las deudas se detallarán los siguientes importes:
Pendiente de reembolso al 1 de enero.
Rectificaciones.
Amortizado en el ejercicio.
Rehabilitaciones.
Reembolsado en el ejercicio, incluyendo tanto las propuestas de pago relativas a reembolsos de deudas amortizadas como las derivadas de rehabilitaciones.
Prescripciones.
Pendiente de reembolso al 31 de diciembre.
La información indicada se presentará efectuando dos agrupaciones, una para «Euros» y otra para «Moneda distinta de euro», expresándose en cualquier caso los importes en euros.
B) Amortizaciones pendientes de aplicar al Presupuesto.–Para cada una de las deudas, tanto en euros como en moneda distinta de euro, que presenten importes amortizados pendientes de aplicar al Presupuesto, ya sea al inicio o a la conclusión del ejercicio, se detallarán los siguientes importes:
Pendiente de aplicar a 1 de enero.
Amortizado en el ejercicio.
Aplicado a Presupuesto en el ejercicio.
Pendiente de aplicar al 31 de diciembre.
Esta información sólo se rendirá en el caso de que existan cantidades pendientes de aplicar bien al comienzo del ejercicio o a su finalización.
3. Intereses.–Esta información se estructurará en las siguientes partes:
A) Intereses explícitos de la Deuda del Estado. Euros.–Para cada una de las deudas en euros se presentará la siguiente información relativa a intereses explícitos:
Intereses devengados y no vencidos en 1 de enero, diferenciando los mismos según su plazo de vencimiento.
Intereses devengados en el ejercicio.
Intereses vencidos en el ejercicio.
Rectificaciones y traspasos.
Intereses devengados y no vencidos en 31 de diciembre, diferenciando los mismos según su plazo de vencimiento.
La información indicada se presentará efectuando las siguientes agrupaciones por tipos de deudas:
Obligaciones y bonos (creados directamente por el Estado).
Obligaciones y bonos asumidos.
Deudas representadas en otros valores negociables.
Deudas con entidades de crédito (creadas directamente por el Estado).
Deudas con entidades de crédito asumidas.
Otras deudas.
Otras deudas asumidas.
Como información complementaria a la contenida en este estado, y con su misma estructura, se acompañará un «Resumen general por agrupaciones» según el detalle anteriormente indicado.
B) Intereses explícitos de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro.–Para cada una de las deudas en moneda distinta de euro se presentará la siguiente información relativa a intereses explícitos:
Intereses devengados y no vencidos en 1 de enero, diferenciando los mismos según su plazo de vencimiento.
Intereses devengados en el ejercicio.
Intereses vencidos en el ejercicio.
Rectificaciones y traspasos.
Diferencias de cambio.
Intereses devengados y no vencidos en 31 de diciembre, diferenciando los mismos según su plazo de vencimiento.
La información indicada se presentará efectuando las siguientes agrupaciones por tipos de deudas:
Empréstitos y otras emisiones análogas (creados directamente por el Estado).
Empréstitos y otras emisiones análogas asumidos.
Deudas por préstamos recibidos y otros conceptos (creados directamente por el Estado).
Deudas asumidas por préstamos recibidos y otros conceptos.
Los importes vendrán especificados, para cada deuda, en euros/moneda distinta de euro dentro de cada una de las columnas, salvo para aquellas columnas en que la información sólo deba aparecer expresada en euros.
Como información complementaria a la contenida en este estado, y con su misma estructura, se acompañará un «Resumen general por agrupaciones» según el detalle anteriormente indicado.
C) Rendimientos implícitos y Diferencias negativas entre valores de reembolso y emisión de la Deuda del Estado. Euros.–Para cada una de las deudas en euros se presentará la siguiente información:
Fechas e importes de emisión y reembolso.
Importe total de la diferencia entre el valor de reembolso y el de emisión.
Bajas y rectificaciones.
Rendimientos implícitos, desglosados en: Importes devengados en ejercicios anteriores, importes devengados en el ejercicio, e importes pendientes de devengo al 31 de diciembre.
Diferencias negativas entre valores de reembolso y de emisión, desglosadas en: Importes devengados en ejercicios anteriores, importes devengados en el ejercicio, e importes pendientes de devengo al 31 de diciembre.
D) Rendimientos implícitos y Diferencias negativas entre valores de reembolso y emisión de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro.–El contenido de esta información será idéntico al establecido en el apartado C) anterior, solo que referido a las deudas en moneda distinta de euro.
E) Diferencias de cambio de la Deuda del Estado.–Para cada deuda en moneda distinta de euro que haya estado en circulación a lo largo del ejercicio se reflejarán los datos de la emisión, de las amortizaciones realizadas desde la emisión de la deuda, el capital pendiente a 31 de diciembre y las diferencias de cambio producidas desde la emisión de la deuda desglosadas entre diferencias aseguradas y diferencias imputadas a resultados.
La información indicada se presentará efectuando las siguientes agrupaciones por tipos de deudas:
Empréstitos y otras emisiones análogas (creados directamente por el Estado).
Empréstitos y otras emisiones análogas asumidos.
Deudas por préstamos recibidos y otros conceptos (creados directamente por el Estado).
Deudas asumidas por préstamos recibidos y otros conceptos.
Los importes vendrán especificados, para cada deuda, en euros/moneda distinta de euro dentro de cada una de las columnas, salvo para aquellas columnas en que la información sólo deba aparecer expresada en euros.
F) Coste total de la Deuda del Estado.–Para cada deuda individual se reflejará su coste total con detalle de:
Gastos de formalización.
Rendimientos explícitos.
Diferencias entre valores de reembolso y emisión.
Resultados en la amortización.
Rehabilitaciones y prescripciones.
Diferencias de cambio.
Otros costes.
La información indicada se presentará efectuando las siguientes agrupaciones por tipos de deudas:
Obligaciones y bonos en euros.
Obligaciones y bonos en moneda distinta de euro.
Deudas a largo plazo en euros.
Deudas a largo plazo en moneda distinta de euro.
Deudas a corto plazo en euros.
Deudas a corto plazo en moneda distinta de euro.
Gastos sin asignación específica.
Como información complementaria a la contenida en este estado, y con su misma estructura, se acompañará un «Resumen general por agrupaciones» según el detalle anteriormente indicado.
4. Situación de los intereses vencidos.–Esta información presentará el siguiente contenido:
A) Intereses pendientes de pago. Euros y moneda distinta de euro.–Para cada una de las deudas, tanto en euros como en moneda distinta de euro, se detallará la siguiente información relativa a los intereses derivados de las mismas:
Intereses vencidos pendientes de proponer el pago a 1 de enero.
Rectificaciones.
Intereses vencidos en el ejercicio.
Pagos propuestos en el ejercicio.
Prescripciones.
Intereses vencidos pendientes de proponer el pago a 31 de diciembre.
B) Intereses pendientes de aplicar a Presupuesto.–Para cada una de las deudas, tanto en euros como en moneda distinta de euro, que presenten cantidades pendientes de aplicar al Presupuesto por intereses, ya sea al inicio o a la conclusión del ejercicio, se detallarán los siguientes importes:
Pendiente de aplicar a 1 de enero.
Vencidos en el ejercicio.
Aplicado a Presupuesto en el ejercicio.
Pendiente de aplicar al 31 de diciembre.
Esta información sólo se rendirá en el caso de que existan cantidades pendientes de aplicar bien al comienzo del ejercicio o a su finalización.
5. Letras del Tesoro y Papel Comercial.–Esta información se estructurará en las siguientes partes:
A) Situación y movimiento de las Letras del Tesoro.–Se detallarán las distintas emisiones según sus fechas de creación y reembolso, indicándose los siguientes importes:
Pendiente de reembolso en 1 de enero.
Rectificaciones.
Creaciones.
Disminuciones.
Pendiente de reembolso en 31 de diciembre, con indicación del plazo de vencimiento, distinguiendo las emisiones que a esta fecha tienen vencimiento a corto plazo de las que lo tienen a largo plazo.
B) Rendimientos implícitos de las Letras del Tesoro.–Se detallarán las distintas emisiones indicando las fechas e importes correspondientes a la creación y a su reembolso, poniendo de manifiesto los siguientes datos relativos a los rendimientos implícitos:
Importe de los mismos.
Bajas y rectificaciones.
Importes devengados en ejercicios anteriores.
Importes devengados en el ejercicio.
Importes pendientes de devengo al 31 de diciembre.
C) Situación y movimiento del Papel Comercial en moneda distinta de euro.–Para cada una de estas deudas se detallará la siguiente información:
Fechas de creación y de reembolso.
Importe pendiente de reembolso en 1 de enero.
Rectificaciones.
Creaciones.
Disminuciones.
Diferencias de cambio.
Importe pendiente de reembolso en 31 de diciembre.
Los importes vendrán especificados, para cada deuda, en euros/moneda distinta de euro dentro de cada una de las columnas, salvo para aquellas columnas en que la información sólo deba aparecer expresada en euros.
D) Rendimientos implícitos del Papel Comercial en moneda distinta de euro.–Se detallarán las distintas emisiones indicando las fechas e importes correspondientes a la creación y a su reembolso, poniendo de manifiesto los siguientes datos relativos a los rendimientos implícitos:
Importe de los mismos.
Bajas y rectificaciones.
Importes devengados en ejercicios anteriores.
Importes devengados en el ejercicio.
Importes pendientes de devengo al 31 de diciembre.
6. Avales.–Se informará sobre los avales en vigor a 1 de enero y los concedidos durante el ejercicio, presentando el siguiente contenido:
A) Clasificación por moneda.–Clasificados según los tipos de moneda en que se hayan autorizado los avales, se indicará:
Persona o entidad avalada, con indicación del prestamista ante quien se efectúe la garantía y la fecha de concesión del aval.
Avales autorizados hasta fin de ejercicio, diferenciando los autorizados hasta fin del ejercicio anterior y los autorizados durante el ejercicio.
Avales pendientes de cancelar, poniendo de manifiesto los pendientes de cancelar en fin del ejercicio anterior y los que se encontrasen en dicha circunstancia al finalizar el ejercicio en curso.
Asimismo, se dará una estimación global, para el conjunto de los avales, de la carga financiera para el ejercicio siguiente.
B) Situación-resumen al cambio de 31 de diciembre.–Se detallará la conversión a euros de la información contenida en el apartado A) anterior, poniendo de manifiesto las posibles diferencias de cambio que, en los importes correspondientes al fin del ejercicio anterior, se produzcan como consecuencia de la variación existente entre el valor del tipo de cambio a dicha fecha y el correspondiente a fin del ejercicio en curso, teniendo en cuenta las variaciones producidas en este último.
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