Art. 1

En vigor desde 13 feb 2015
Esta orden tiene por objeto el desarrollo, dentro del marco general de los cánones establecido en el artículo 73 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, de los principios básicos de aplicación del sistema de incentivos para que las empresas ferroviarias, y demás candidatos, así como los administradores de infraestructuras ferroviarias reduzcan al mínimo posible las perturbaciones y optimicen la utilización de la Red Ferroviaria de Interés General. Todo ello sin menoscabo de otras compensaciones o reclamaciones que los candidatos o los administradores de infraestructura pudieran efectuar entre ellos, en el marco de las correspondientes relaciones contractuales, como consecuencia de afecciones o posibles incumplimientos de las contraprestaciones acordadas, así como cualesquiera otras reclamaciones de carácter extracontractual.
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eli/es/o/2015/02/11/fom189#art-1

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