Art. 3

En vigor desde 16 oct 2005
Corresponde a los miembros de la Comisión: a) Recibir, con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, la convocatoria conteniendo el orden del día de las reuniones. b) Participar en los debates de las reuniones. c) Ejercer su derecho al voto y formular su voto particular. d) Proponer a los Vocales que deben formar parte de los Comités Asesores. e) Proponer el nombramiento de especialistas. f) Cuantas otras funciones sean inherentes a su cargo.
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eli/es/o/2005/10/06/eci3184#art-3

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