Art. Undécimo

En vigor desde 14 feb 2004
El sistema de votación responderá a los principios de voto directo, personal e indelegable. Las candidaturas para la presentación de Vocales de la Comisión Permanente deberán presentarse al Presidente del CEDU, a través de la Secretaría General del mismo, al menos con 48 horas de antelación a la celebración del Pleno. La votación para designar a los Vocales de la Comisión Permanente será secreta por el sistema de papeletas, las restantes votaciones serán públicas. No se producirá votación en el caso que el número de candidaturas sea igual o inferior al de los puestos existentes.
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eli/es/o/2004/02/03/ecd273#undecimo

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